Poder que otorga ante el escribano de su majestad y testigos, Tomas de Garnica a Don Santiago Gómez de Escontria vecino de la Villa de San Felipe el Real
Poder
Que ningún indio salga de sus pueblos a una distancia mayor de 4 leguas sin permiso escrito pues los pueden apresar y hasta matar se pregona y se publica.
Ordenanzas